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Tribunal Constitucional declara inconstitucionales normas clave del proyecto de seguridad escolar impulsado por el Gobierno

El Tribunal Constitucional (TC) declaró este martes la inconstitucionalidad de diversas disposiciones contenidas en el proyecto de ley que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, una de las iniciativas impulsadas por el Gobierno para enfrentar episodios de violencia en establecimientos educacionales.

La decisión fue adoptada por el Pleno del organismo al resolver los requerimientos presentados por grupos de senadores y diputados respecto del proyecto correspondiente al Boletín N.º 18.156-04.

Entre los aspectos objetados por el TC figura la facultad que otorgaba a los sostenedores para requerir la intervención de Carabineros o de la Policía de Investigaciones cuando un estudiante se negara a someterse a una revisión de mochilas, bolsos u otros efectos personales y sus apoderados no concurrieran al establecimiento dentro del plazo establecido.

El Tribunal declaró inconstitucional la disposición que obligaba al sostenedor a informar a las policías y requerir su actuación en esos casos.

Revisión policial de estudiantes

Asimismo, el TC rechazó una norma que incorporaba un nuevo artículo al Código Procesal Penal y que facultaba a funcionarios de Carabineros y la PDI para revisar vestimentas y pertenencias de estudiantes dentro de establecimientos educacionales, sin orden del fiscal, cuando existieran indicios de la comisión o eventual comisión de delitos.

La disposición fue considerada contraria a la Constitución por el organismo.

Cambios a convivencia escolar

El fallo también declaró inconstitucionales parte de las modificaciones propuestas a la Ley de Subvenciones.

Entre ellas, la obligación de prohibir determinadas vestimentas o accesorios que hicieran alusión a conductas delictivas o violencia, así como algunos aspectos relacionados con la calificación de conductas que afectan gravemente la convivencia escolar.

Igualmente, el Tribunal objetó una norma que incorporaba un criterio de prioridad en el Sistema de Admisión Escolar (SAE), que favorecía a estudiantes que no hubieran sido sancionados previamente con expulsión o cancelación de matrícula por hechos graves de convivencia escolar.

Gratuidad en educación superior

Otro de los puntos rechazados corresponde a la modificación de la Ley de Educación Superior que condicionaba el acceso y mantención del beneficio de gratuidad a no haber sido condenado por determinados delitos establecidos en la iniciativa.

La norma contemplaba además una inhabilidad de cinco años para acceder al beneficio una vez ejecutoriada la sentencia respectiva.

Impacto político

La resolución representa un revés para uno de los proyectos emblemáticos del Ejecutivo en materia de seguridad escolar y convivencia educativa, especialmente en aspectos vinculados a la intervención policial dentro de establecimientos y a las sanciones asociadas a conductas violentas.

El proyecto buscaba fortalecer las herramientas de los establecimientos educacionales para enfrentar situaciones de violencia, porte de armas, amenazas y alteraciones graves del funcionamiento escolar.

Tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, las disposiciones declaradas contrarias a la Carta Fundamental deberán ser eliminadas o adecuadas antes de la promulgación definitiva de la ley.

El fallo completo será incorporado al expediente constitucional de la causa y publicado por el Tribunal Constitucional en los próximos días.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

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